Según el apartado b) del Artículo 6 del Reglamento del Servicio de Asistencia Jurídica, Económica y Técnica a Municipios, la asistencia jurídica abarcará la defensa judicial de las Entidades Locales en los procesos que sean parte. Esta defensa judicial abarcará los casos en que la Corporación Municipal sea demandante, codemandante o demandada, en pleitos contencioso-administrativos en cuanto sean de la competencia de los Tribunales y Juzgados de dicha jurisdicción en el ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León, o en los laborales y civiles en cuanto sean de la competencia de los Tribunales o Juzgados de tal jurisdicción o en el ámbito territorial de esta provincia.
La defensa judicial, a que se refiere el apartado b) del artículo 6, se presentará por la Diputación Provincial de Salamanca a las Entidades Locales que lo soliciten, para la defensa en juicio de sus derechos bienes e intereses, mediante el convenio firmado con el Colegio de Abogados de Salamanca.